martes, 4 de noviembre de 2008

POR FIN CAEN PEJES GORDOS



Caso Bancrédito pasa a juez ejecución pena


SANTO DOMINGO-. el envío a prisión de los empresarios Manuel Arturo Pellerano Peña y Juan Felipe Mendoza Gómez quedó en manos del Juez de Ejecución de la Pena del Distrito Nacional, Saulo Isabel Díaz, quien deberá dar cumplimiento a la decisión de la Suprema Corte de Justicia que confirma la sentencia de ocho años de cárcel a que ambos fueron condenados por el caso del Banco Nacional de Crédito (Bancrédito).
El magistrado Isabel Díaz tiene la encomienda de estudiar la sentencia de la Suprema Corte de Justicia, luego de que le sea notificada.
Después del estudio, los imputados son citados a su despacho y luego se les notifica la orden de prisión, con la fecha de ingreso y salida de la cárcel.
Los jueces de la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, doctores Ramón Horacio González Pérez, quien preside el tribunal; Modesto Antonio Martínez y Pedro Antonio Sánchez Rivera, declararon a Pellerano Peña y a Mendoza Gómez, presidente y primer ejecutivo de la entidad bancaria, culpables de falsedad en escritura de banco, asociación de malhechores, alteración y manipulación de datos y documentos, así como la elaboración y aprobación de datos financieros adulterados tendentes a la ocultación de operaciones irregulares.
Esa sentencia, dictada el 11 de septiembre de este año, fue convertida ayer en definitiva por la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia.
En su sentencia, los jueces de la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia también declararon inadmisible el dictamen del procurador general de la República, doctor Radhamés Jiménez Peña.
En su dictamen, el procurador Jiménez Peña había desistido del interés en el caso, bajo el alegato de que se trataba de un asunto de interés privado que ya había sido resuelto entre las partes.
Pellerano Peña y Mendoza Gómez además fueron condenados al pago de las costas del proceso.
En cuando al dictamen del procurador, los jueces lo rechazaron por haber sido hecho fuera del plazo de cinco días que establece la ley.
Dicha sentencia quedó confirmada en todas sus partes con la sentencia de ayer de la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia.

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