Hace tres meses que desistió de la querella contra Tonty Rutinel
Esa
versión ha sido ratificada por el doctor Erez S. Glassman, cirujano
plástico, quien ha confirmdo que el 13 de diciemnre pasado Caraballo de
los Santos le dijo que ella quería retirar la querella contra Tonty,
pero que se "sentía presionada y chantajeada por su
abogado de apellido Parra Báez que le había hecho firmar varios
documentos contra Tonty y uno que tenía que pagar RD$850.000.00 y que al
plantearle que retiraría la acusación, este le dijo que si lo hacía,
primero primero debía pagarle esa cantidad y de no hacerlo podría perder
sus muebles y caer presa, todo lo cual la tenía atada de pies y manos
ya que no tenía dinero y que Tonty era inocente..".
-" Lo
que sucedió realmente, fue que durante una discusión doméstica que
sosteníamos, nuestro hijo vomitó, me resbalé y al perder el equilibrio
choqué con una pared, no se produjo una agresión de parte del sñor César
Santiago Rutinel Domínguez, sino que se trató de una caída accidental",
declaró.
Por Robert Vargas
La ex pareja de Tonty Rutinel, Leidy Dayana Caraballo de los Santos, ha revelado que el pasado enero se querelló contra el dirigente pol´tiico actuando bajo presión de sus abogados y de la Fiscalía del Distrito Nacional.
La ex pareja de Tonty Rutinel, Leidy Dayana Caraballo de los Santos, ha revelado que el pasado enero se querelló contra el dirigente pol´tiico actuando bajo presión de sus abogados y de la Fiscalía del Distrito Nacional.
Según Caraballo de los Santos, sus
abogados la hicieron firmar un documento que ella no leyó de manera
adecuada "producto del stress en que estaba envuelta".
También acusó a la Fiscalía de alentarla para que "hiciera una acusación lo más contundente posible" contra Rutinel.
Denuncia, además, que en cierta forma fue "utilizada y sorprendida en su buena fe" por sus abogados y la Fiscalía.
Las graves imputaciones de la madre del
hijo menor de Rutinel Domínguez están contenidas en el desestimiento que
hizo de la querella con declatarotia en actor civil contra el político.
Ayer,
distintos medios de comunicación de la capital dieron la noticia como
si fue ayer que Caraballo de los Santos hizo el desestimiento, cuando en
realidad se produjo el 23 de marzo pasado, hace tres meses.
Sin que estén claros los motivos, todos
ocultaron las imputaciones que hace Caraballo de los Santos a la
Fiscalía y a sus abogados.
Cuando la ex pareja de Tonty acusó a este de la presunta agresión, su abogado era el letrado José Parra Báez.
"Tratándose de una
persona pública, un político muy conocido, mis abogados me hicieron
firmar un documento que no leí de manera adecuada, producto del stress
en que estaba envuelta. Sumándose también que la Fiscalía me alentaron a
que hiciera una acusación lo más contundente posible, fui en cierta
forma utilizada y sorprendida en mi buena fe", dice Caraballo de los
Santos.
Las declaraciones de
Glassman están contenidas en una declaración formal que fuera depositada
en el tribunal al ser llevado como testigo por Rutinel.
La mujer también
admite que nunca fue golpeada por Rutinel y que el golpe que padeció en
la frente fue la consecuencia de un accidente al resbalar tras el hijo
de la pareja vomitar.
Dice que a actuó
contra su ex compañero sentimental porque "estaba ciega de ira y de
impotencia pues se había manejado el rompimiento de nuestra relación".
Caraballo de los
Santos también revela que el el 17 de diciembre pasado, fue conminada
por la Fiscalía para que no se presentara a la primera audiencia y a no
asistir a la misma y la presentación de un certificado médico como
excusa.
Las dramáticas
revelaciones implican a sus abogados y a la Fiscalía en una presunta
conjura contra el dirigente político que, desde el principio, ha alegado
que es inocente.
Rutinel, incluso, se
negó a salir de prisión por considerarse víctima de una supuesta
conspiración que parece quedar confirmada con las declaraciones ante un
notario de Caraballo de los Santos.
Ayer, durante la
audiciencia en la que el caso debería ser conocido, no se presentó
ningún reopresentante de la Unidad de Atención y Prevención de la
Violencia y el fiscal adjunto que fue enviado admitió que desconocía el
expediente por lo que el conocimiento del caso fue aplazado para el
próximo día uno de agosto.
Rutinel ha acumulado
un voluminoso paquete de documentos con los que procura demostrrar ante
los tribunales su inocencia para obtener un "no ha lugar".
Sin embargo, ahora la Fiscalía no parece estar interesada en profundizar el proceso.
Quizás fue por ese
motivo que no enviaron al tribunal a los fiscales adjuntos que manejaron
el expediente desede el principio, cuya presencia exige Rutinel.
Respeto de su ex pareja, Caraballo de los Santos dice que "es
un excelente ser humano, excelente padre, hijo, hermano, amigo y
compañero, no quiero convertirlo en una víctima del sistema o en un
chivo expiatorio de la Ley de Violencia de Genero".
DEBAJO LAS TRANSCRIPCIONES DE LAS DECLARACIONES DEL DOCTOR EREZ GLASSMAN Y EL DESESTIMIENTO DE CARABALLO DE LOS SANTOS
Resthetic Medical Solutions
Dr. Erez S. Glassman
Medicina y Cirugía Estética- University of Nebraska
Toxicología Clínica-Harvard of School of Medicine
Geriatría – University of Nebraska
Dr. Erez S. Glassman
Medicina y Cirugía Estética- University of Nebraska
Toxicología Clínica-Harvard of School of Medicine
Geriatría – University of Nebraska
El día 5 de diciembre del año 2011, recibí un pin de
la Sra. Leidy Dayana Caraballo, en el cual me señalaba que había tenido
una caída accidental, la cual le produjo una herida en la frente que
ameritaba una sutura. Le pregunté si era profunda, si tenía más golpes o
heridas a lo cual me contestó que no, solamente se trataba de la herida
en la frente.
Le dije que en ese momento no podía antenderla, pues
me encontraba en el Restaurant Sophia cenando con mi esposa y unos
amigos, por lo que le recomendé que se dirigiera al centro más cercano y
que cualquier cosa me lo comunicara.
El 12 de diciembre del mismo año, mi secretaria
recibió una llamada de la señora Caraballo, solicitándome una cita para
el día siguiente, lo que acordamos sería a las 4:00 pm.
El 13 de diciembre, se presentó a mi consultorio a la
hora acordada, le pregunté lo ocurrido y me reiteró lo dicho el día 5
de diciembre. Por la relación de amistad que tenemos, me confesó que le
había puesto una Querella a Ton en la Unidad de Atención y Prevención de
la Violencia Intrafamiliar de la Fiscalía del D.N., donde declaró que
él le había golpeado y quería retirarla, pero se sentía presionada y
chantajeada por su abogado de apellido Parra Báez que le había hecho
firmar varios documentos contra Tonty y uno que tenía que pagar
RD$850.000.00 y que al plantearle que retiraría la acusación, este le
dijo que si lo hacía, primero primero debía pagarle esa cantidad y de no
hacerlo podría perder sus muebles y caer presa, todo lo cual la tenía
atada de pies y manos ya que no tenía dinero y que Tonty era inocente..
Le aconsejéque dijera la verdad y procedí a retirarle
de la frente la sutura de dos (2) puntos que le habían realizado en el
Centro de Obstetricia y Ginecología en los días anteriores.
De necesitar cualquier información adiciona al respecto, estoy en la mejor disposición de colabotrar.
Atentamente
Dr. Erez S. Glassman
Dr. Erez S. Glassman
DESESTIMIENDO-RETIRO DE QUERELLA CON DECLARATORIA DE ACTORIA CIVIL
Quien suscribe señora LEIDY DAYANA CARABALLO DE LOS
SANTOS, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y
electoral No.224-0032158-8, domiciliada y residente en la Calle Las
Marías , No. 7, Residencial Carmen I, Jardines del Mirador, Santo
Domingo de Guzmán, Distrito Nacional; por medio del presente acto
declaro que DESISTO, de manera irrevocable, desde ahora y para siempre,
de forma libre y voluntaria y bajo la fe del juramento, de la querella
de fecha veintitrés (23) del mes de enero del año dos mil doce (2012),
presentada por mí, en contra del señor CESAR SANTIAGO RUTINEL DOMINGUEZ
(a) Tonty, depositada en fecha 24 de Enero del año dos mil doce (2012),
por ante el Quinto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, por
las razones que esgrimo a continuación.
1.- A que, ciertamente, me presenté ante el
Departamento de Violencia de Género, Unidad de Atención y Prevención de
la Violencia de la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, para
iniciar un proceso judicial contra el señor CESAR SANTIAGO RUTINEL
DOMINGUEZ ( por violación a los Arts. 309 y 309-1 de la Ley 24-97.
2.- A que el día del incidente, estaba ciega de ira y de impotencia, pues se había manejado el rompimiento de nuestra relación.
3. A que yo afirmé, en un principio, que me había caído, y luego atribuí erróneamente, la autoría de la lesión que presentaba a mi compañero sentimental señor CESAR SANTIAGO RUTINEL DOMINGUEZ .
4. A
que lo que sucedió realmente, fue que durante una discusión doméstica
que sosteníamos, nuestro hijo vomitó, me resbalé y al perder el
equilibrio choqué con una pared, no se produjo una agresión de parte del
sñor CESAR SANTIAGO RUTINEL DOMINGUEZ , sino que se trató de una caída
accidental.
5.- A que lo dicho anteriormente quedó evidenciado en
el certificado expedido por el cirujano de la clínica que me
proporcionó la atención primaria y que señala que me realizó una sutura
de dos (2) puntos en una herida leve que presentaba en la región
frontal, curable en pocos días, y que no mostraba señalas de golpes
producto del accidente.
6.-A que tratándose de una persona pública, un
político muy conocido, mis abogados me hicieron firmar un documento que
no leí de manera adecuada, producto del stress en que estaba envuelta.
Sumándose también que la Fiscalía me alentaron a que hiciera una
acusación lo más contundente posible, fui en cierta forma utilizada y
sorprendida en mi buena fe.
7.- A que, reconozco que no pensé las consecuencias
que esa denuncia y posterior querella generaría el arresto del padre de
mi hijo, en el sentido de que no era mi intención que en cuanto a él se
tomaran medidas de coerción ni cosa parecida, pues él no ha cometido los
hechos, es completamente inocente.
8.- A que en fecha diecisiete (17) de diciembre,
cuando se celebró la primera audiencia en la Fiscalía, estos me
conminaron a no asistir a la misma y a la presentación de un certificado
médico como excusa.
9.- A que el señor CESAR SANTIAGO RUTINEL DOMINGUEZ
es un excelente ser humano, excelente padre, hijo, hermano, amigo y
compañero, no quiero convertirlo en una víctima del sistema o en un
chivo expiatorio de la Ley de Violencia de Genero.
10.- A que en estos meses, posterior al
querellamiento, he sufrido intensamente, por lo que he tomado la
decisión de decir toda la verdad, desprendida de malos pensamientos y
solamente atendiendo a lo que me dicta mi conciencia.
11.- Por este medio Desisto desde ahora y para siempre en
todas sus partes de la acción penal y civil en contra de César Santiago
Rutinel Domínguez, en la forma en que determinan los Arts. 37 y 44 del
Código Procesal Penal.
HECHO, REDACTADO, LEIDO, APROBADO Y FIRMADO, en la
ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominiana, a los
veintitrés (23) días del mes de Marzo del año Dos Mil Doce (2012).
Leidy Dayana Caraballo de los Santos
Declarante-Renunciante-Desistente-Compareciente.
Declarante-Renunciante-Desistente-Compareciente.
Declaración hecha ante el notario Público Felipe Pérez Ramírez, matrícula No. 4177